Comunicado del obispado de Río Cuarto sobre el cierre de una capilla

A través de un comunicado, el obispado de Villa de la Concepción del Río Cuarto se refirió al cierre para el culto público de la capilla San José, de Banda Norte, por decisión de la Sociedad San Vicente de Paúl.

El obispado aclaró que no lograron revertir la medida tomada por el Consejo Particular de Córdoba de la Sociedad San Vicente de Paúl, por lo que a partir del 30 de abril de 2018, la capilla San José quedará para uso exclusivo de la comunidad vicentina.

En consecuencia, explicaron, “la parroquia del Espíritu Santo, a cuya jurisdicción pertenece la capilla San José, no podrá iniciar la catequesis anual en dependencias de la misma y solamente acompañará allí la celebración del culto hasta el 30 de abril”.

Por otra parte, consideraron que con esta decisión, se declara el “cierre” de la capilla para el culto público “en razón de que el Código de Derecho Canónico establece que toda actividad pastoral o de culto debe estar regida sin excepción, por las debidas normas eclesiásticas, bajo la autoridad del obispo del lugar”.

Finalmente, manifestaron “perplejidad” ante una decisión tomada unilateralmente, luego de haber transitado un camino de diálogo entre la Sociedad San Vicente de Paúl y la diócesis, e invitaron a las autoridades vicentinas a continuar el diálogo buscando el bien del Pueblo de Dios.

Texto del comunicado

Comunicado del obispado de Villa de la Concepción del Río Cuarto respecto del cierre para el culto público de la capilla San José, de Banda Norte, por decisión de la sociedad San Vicente de Paúl

Ante la decisión del Consejo Particular de Córdoba de la Sociedad San Vicente de Paul, comunicada por la Conferencia de San José, que es quien administra la Capilla San José, el Obispado Villa de la Concepción del Río Cuarto al no haber logrado que se revirtiera esta medida, hace saber a los fieles que asisten habitualmente a esta Capilla y a los fieles en general:

1º- Que la decisión adoptada por el citado Consejo vicentino, es que “a partir del próximo 30 de abril de 2018 la Capilla San José quedará para uso exclusivo de la Comunidad Vicentina.”

2º- En consecuencia la parroquia del Espíritu Santo, a cuya jurisdicción pertenece la Capilla San José, no podrá iniciar la catequesis anual en dependencias de la misma y solamente acompañará allí la celebración del culto (misas, matrimonios y bautismos) hasta el 30 de abril.

3º- El Obispado considera que, de alguna manera, con la decisión que la “Capilla quede para uso exclusivo de la Comunidad vicentina” se declara el “cierre” de la Capilla para el culto público, en razón de que el Código de Derecho Canónico establece que toda actividad pastoral o de culto debe estar regida sin excepción, por las debidas normas eclesiásticas, bajo la autoridad del Obispo del lugar y que, por lo tanto, no será posible el “uso particular” de la Capilla, y así se le hizo saber a la Sociedad Vicentina.

4º- El Obispado ha manifestado a las autoridades del Consejo Particular y ante quien administra la Capilla, su perplejidad ante una decisión tomada unilateralmente, ya que se venía transitando un camino de diálogo según las disposiciones eclesiales y los criterios pastorales, entre la Sociedad San Vicente de Paúl y la Diócesis (Obispado y Parroquia del Espíritu Santo, que es la responsable de la celebración del culto y la pastoral en el sector).

5º- Finalmente, y dados los antecedentes históricos y tradicionales de esta Capilla casi centenaria, surgida en 1926 junto al Asilo San José y que ocupa desde esos años un lugar muy importante no sólo en toda Banda Norte, sino también, y en sus orígenes, en una extensa zona rural, el Obispado invita a las autoridades Vicentinas a continuar el diálogo buscando el bien del Pueblo de Dios.

Ciudad de la Concepción del Río Cuarto, 15 de febrero de 2018

Algunos antecedentes históricos
Ante la expresada situación que afectará al culto público de la Capilla San José, por la decisión del Consejo Particular de Córdoba de la Sociedad San Vicente de Paúl, de que “a partir del 30 de abril del corriente año la Capilla quedará para uso exclusivo de la Comunidad Vicentina”, creemos necesario hacer algunas consideraciones históricas sobre el culto público en la Capilla San José:

1 - La Capilla se constituye como un significativo lugar de culto y atención pastoral desde inicios del siglo XX (1926). Si bien su presencia está ligada fuertemente al Asilo San José, tiene su origen en una donación expresa del señor Francisco Magrini, de estrecha relación con los Padres franciscanos en cuyo convento tuvo origen la Conferencia Vicentina Santa Rosa de Viterbo, el 13 de diciembre de 1892.

- Está ubicada en un terreno donado por la Municipalidad de Río Cuarto a la Conferencia Vicentina Santa Rosa de Viterbo y construida con la donación del Sr. Francisco Magrini. Así lo expresa el Acta de fundación:

“… el Sr. Francisco Magrini profundamente conmovido rogó a S. S.Ilma. le concediera un momento de paternal bondad a la humilde manifestación que deseaba formular, como autoridad superior eclesiástica y era: que al erigir él la iglesia que acababa de bendecirse, a la memoria de su malogrado y muy querido hijo Sr. Manuel Magrini, Capitán de Fragata de la Marina Argentina, y perteneciendo él, a su vez, a la Vble. Orden Tercera Franciscana de Penitencia, era su voluntad profunda y absoluta, manifestada a la Sociedad de Señoras Vicentinas, aceptada por ella, que todos los servicios religiosos, la vida espiritual de dicha iglesia y cuanto de ella se dispusiera y emanara, etc. etc. estaría siempre bajo la custodia y dependencia directa del Convento de San Francisco Solano mientras exista esta Orden Franciscana o un solo Religioso Franciscano que pudiera atender sus servicios, igual sea esto durante su vida así como posterior a su fallecimiento (…) S.S. Ilma. Mons. Luque “al impartirle su bendición le prometió sinceramente emocionado ante los oyentes que su voluntad sería cumplida por él y sus sucesores que conocieran esta cláusula de su voluntad; conminó a respetarla a esta Conferencia de Señoras Vicentinas, manifestando la Secretaria actuante, a indicación de la Sra. Presidenta que en Acta Nº 52, fechada el 11 de Noviembre de 1925 consta que quede de hecho como Iglesia Franciscana”.

- Desde esos años, ha ocupado un lugar muy importante no sólo en toda Banda Norte, sino también, en una extensa zona rural -mucho antes de la creación de las Parroquias de Las Higueras, posteriormente la de Jesús Resucitado y luego la del Espíritu Santo ya que no sólo muchas familias, sino hasta varias generaciones de pobladores de este extenso sector, han celebrado allí matrimonios, bautismos, primeras comuniones, etc. Es, además, la única iglesia de la ciudad que se halla bajo el patrocinio de San José, convocando desde antiguo una gran devoción las tradicionales fiestas patronales.

- Al tiempo de crearse la Capilla San José (1926), además de la entonces Parroquia de la Inmaculada (Iglesia Catedral a partir de 1934) le precedía la iglesia de N.S. de La Merced (1925) en el sector conocido como Pueblo Almada (Barrio Pueblo Alberdi).

- La Capilla fue atendida desde su creación por los religiosos franciscanos y luego por los sacerdotes diocesanos (como consta en la resolución del Consejo General de la Sociedad San Vicente de Paúl del 7 de diciembre del 1954). Desde el 29 de mayo de 1963 posee sus propios libros para el registro de los sacramentos.

- Al crearse las jurisdicciones parroquiales de Banda Norte, la Capilla dependió pastoralmente en primer lugar, de la Parroquia de Las Higueras (1954), luego de Jesús Resucitado (1976) y, desde 1998, de la Parroquia del Espíritu Santo. En los últimos 20 años la administración de la Capilla fue asumida por la Conferencia de San José creada a tal fin.

- Este recorrido histórico muestra que tanto en su asiento y construcción como en su uso pastoral, la Capilla San José ha surgido de la iniciativa y generosidad del pueblo de Río Cuarto –según lo muestran innumerables documentos con listas de donaciones y suscriptores y de todo el movimiento propio del culto en cuanto a su construcción, imágenes, oficios, etc.– comunidad a la que ha beneficiado espiritualmente a lo largo de más de 90 años. Se ve también que bajo diferentes referentes eclesiales, los vínculos con la Sociedad San Vicente hicieron posible la atención pastoral.

- Son estos fundamentos históricos y de la misma tradición de innumerables fieles que, a nuestros entender, la Sociedad San Vicente de Paúl, propietaria de dicha Capilla, no debería dejar de atender a la hora de determinar su administración y uso. + [/c]

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