Una madre demanda al Uruguay por la muerte de su hija antes de nacer

Montevideo (Uruguay) (AICA): La República Oriental del Uruguay enfrenta una grave denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), esta vez interpuesta en nombre de una madre y de su hija por nacer. La mujer, que había sido víctima de una brutal agresión, luchó denodadamente durante dos años por recuperar el cadáver de su hija, abortada sin su consentimiento y considerada por el Estado uruguayo como desecho patológico, para darle cristiana sepultura.
La República Oriental del Uruguay enfrenta una grave denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), esta vez interpuesta en nombre de una madre y de su hija por nacer. La mujer, que había sido víctima de una brutal agresión, luchó denodadamente durante dos años por recuperar el cadáver de su hija, abortada sin su consentimiento y considerada por el Estado uruguayo como desecho patológico, para darle cristiana sepultura.

Los hechos
En la ciudad de Montevideo, el 9 de marzo de 2012, Jacqueline Edith Grosso Nuñes, de 46 años de edad, embarazada de veinte semanas (cinco meses), sufrió una agresión física por parte de un vecino, que le provocó hemorragias y contracciones en forma inmediata. Pese a ello, al llegar la Policía al lugar de los hechos, detuvo ilegalmente a la mujer durante varias horas en el calabozo de una comisaría, junto con otros presos, persistiendo visiblemente la hemorragia. Esto habría ocurrido siendo Jacqueline la víctima de la agresión, debido a una cierta amistad entre el agente que concurrió ante la denuncia y el agresor. Liberada a última hora de la tarde de ese mismo día, Jacqueline acudió a un sanatorio donde se le realizaron varios exámenes sin advertir que la hemorragia había derivado en una infección. Fue dada de alta al día siguiente, contra lo que indicaban todos los antecedentes del caso. Veinticuatro horas después, la mujer experimentó una rotura de bolsa y reingresó al sanatorio. Allí, sin contar con su consentimiento ni informarla debidamente, se le suministraron ocho pastillas de Misoprostol, lo que culminó con la expulsión uterina y el inmediato fallecimiento de su hija, Victoria Jazmín, en una decisión no sólo moralmente sino también médicamente inaceptable.

La lucha de Jacqueline
A partir de aquí comienza la lucha de Jacqueline por superar las secuelas de esta tragedia, y por la recuperación del cadáver de su hija para sepultarlo. Pese a que ella tiene derecho a sepultar a su hija según las creencias de la familia, sólo pudo lograrlo dos años después de iniciados los reclamos. Luego del aborto el cuerpo de la niña fue retenido por funcionarios hospitalarios y conservado en la Morgue de anatomía patológica del nosocomio. Durante dos años la Justicia uruguaya adujo que los fetos de menos de 500 gramos no son personas para la legislación uruguaya, sino “desechos patológicos”, sin derecho a sepultura. Para Jacqueline y su familia, enterrar a su hija era la única forma de poder concluir humanamente el drama y superar el dolor y sus secuelas. Finalmente, tras más de dos años, el cuerpo fue entregado a la familia.

La impunidad de los culpables
En medio de toda esta tragedia, hay que decir que los agresores de Jacqueline todavía gozan de impunidad, sin que las denuncias civiles, penales y administrativas interpuestas por la víctima –recibidas y despachadas con enormes irregularidades- hayan logrado hasta el momento determinar responsabilidades en el hecho.

La Demanda ante la Comisión Interamericana
En representación de la madre y la hija, la Corporación chilena Comunidad y Justicia, cuyo objetivo es la defensa y promoción de los derechos humanos en los ámbitos nacional, regional e internacional, denunció al Estado uruguayo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por infracción a varios derechos humanos contenidos en el Pacto de San José de Costa Rica: derecho a la vida (arts. 1.1 y 4.1); a la libertad de creencia, conciencia y religión (arts. 12.3, 1.1 y 2); a la protección de la honra y de la dignidad (art. 11); a la integridad personal, libertad personal y garantías judiciales (arts. 5, 7, 8, 11 y 1.1); y por discriminación arbitraria y violencia contra la mujer (arts. 24 y 1.1).

En la demanda se especifica que, si bien Victoria Jazmín vio cercenado su derecho a la vida, este mismo derecho también fue puesto en riesgo en el caso de su madre. Citando jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se argumenta que “los Estados tienen la obligación de garantizar la creación de las condiciones que se requieran para que no se produzcan violaciones de ese derecho básico y, en particular, el deber de impedir que sus agentes atenten contra él”.

La violación del derecho a la libertad de creencia, conciencia y religión es manifestada mediante el desprecio del sentido de la sepultura de los muertos, que para la religión cristiana profesada por la familia de Victoria Jazmín adquiere importancia fundamental como acto religioso. Y no sólo para los cristianos, sino también para la mayor parte de la cultura universal, incluyendo la sepultura de los niños no nacidos, como atestigua el descubrimiento de fetos momificados en distintos pueblos del mundo.

Contra elementales derechos vinculados con la dignidad humana la legislación uruguaya considera que un bebé que muere antes de las 20 semanas de gestación y pesa menos de 500 gramos es un “desecho patológico”.

En cuanto a la denuncia por discriminación arbitraria, el escrito argumenta la discriminación contra Victoria Jazmín por motivo de peso, tamaño y desarrollo intrauterino, y la violencia de género contra su madre, víctima de un violento puntapié en el abdomen cursando el quinto mes de su embarazo, y de malos tratos y agresiones psicológicos durante todo el episodio que culminó con la violenta muerte de su hija.

Por todas estas razones, extensamente desarrolladas en el escrito de Comunidad y Justicia, se solicita a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que investigue estos hechos y solicite los correspondientes informes al gobierno de la República Oriental del Uruguay. Se sugiere a los comisionados lo siguiente:

  1. que se recomiende al Estado del Uruguay adecuar el ordenamiento jurídico nacional a los estándares exigidos en materia de derechos humanos, de manera de garantizar a las madres, padres y familiares el derecho a dar digna sepultura a los mortinatos, sin distinción de ninguna especie, independiente del peso, tamaño o etapa de desarrollo del bebé;
  2. que se recomiende al Estado del Uruguay adoptar todas las medidas administrativas o judiciales posibles para investigar y determinar responsabilidades, aplicando las sanciones penales, disciplinarias o civiles que corresponda a los funcionarios policiales, judiciales y cuerpo médico que violaron los derechos humanos de Jacqueline Grosso y de su hija Victoria Jazmín;
  3. que se repare el daño material e inmaterial causado a las víctimas Jacqueline Grosso y su hija fallecida Victoria Jazmín como consecuencia de las violaciones a los derechos humanos aquí denunciadas; y
  4. que se ordene el pago de los costos del proceso, tanto del peticionario como de sus representantes.+ (María Inés Franck)

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