A propósito del caso en que está imputado el padre Ilarraz

Buenos Aires (AICA): Con el fin de informar a la población los datos objetivos que hasta ahora son comprobables acerca de la causa en la que está imputado el Padre Ilarraz, el Instructor, Pbro. Dr. Hugo Adrián von Ustinov, Vicario de Justicia y Presidente del Tribunal Interdiocesano Bonaerense, dio a conocer un comunicado. En él alude a que, en las últimas semanas, los medios de comunicación se han hecho eco de los pasos procesales. En el ámbito eclesiástico prosigue una investigación iniciada por el Arzobispado de Paraná y que nunca sufrió paralización, en orden a conocer la verdad y hacer justicia sobre los hechos presuntamente ocurridos en el Seminario Arquidiocesano entre 1985 y 1995.
Con el fin de informar a la población los datos objetivos que hasta ahora son comprobables acerca de la causa en la que está imputado el Padre Ilarraz, el Instructor, Pbro. Dr. Hugo Adrián von Ustinov, Vicario de Justicia y Presidente del Tribunal Interdiocesano Bonaerense, dio a conocer un comunicado.

En él alude a que, en las últimas semanas, los medios de comunicación se han hecho eco de los pasos procesales. En el ámbito eclesiástico prosigue una investigación iniciada por el Arzobispado de Paraná y que nunca sufrió paralización, en orden a conocer la verdad y hacer justicia sobre los hechos presuntamente ocurridos en el Seminario Arquidiocesano entre 1985 y 1995. Al respecto, informa que:

1. En cumplimiento de disposiciones eclesiásticas vigentes desde el pontificado de San Juan Pablo II, con motivo de una denuncia recibida en abril de 2013, y de otras informaciones verosímiles, fue el arzobispo de Paraná quien informó de inmediato a la Congregación para la Doctrina de la Fe, en Roma, en orden a la realización de la obligada investigación preliminar. Esta fue confiada al presidente del Tribunal Interdiocesano de Santa Fe en junio de ese mismo año.

2. Simultáneamente el arzobispo de Paraná puso en conocimiento del asunto al obispo de Concepción (Tucumán), -donde residía el sacerdote denunciado por haberle sido prohibido desde 1996 hacerlo en Paraná-, para solicitarle como medida cautelar la restricción absoluta del ministerio público: esto implica en los hechos la prohibición de ejercer como sacerdote (con la excepción de la celebración estrictamente privada de la misa).

3. Los resultados de dicha investigación preliminar fueron remitidos de inmediato a la Congregación para la Doctrina de la Fe.

4. En agosto de 2013, cuatro nuevas denuncias fueron dirigidas por presuntas víctimas directamente a la Santa Sede, la que decidió unificarlas con la investigación preliminar en curso.

5. En 2014 la Congregación para la Doctrina de la Fe confió al arzobispo de Buenos Aires la realización del Proceso Administrativo Penal que ofreciera todas las garantías, para los denunciantes como para el imputado, a fin de establecer la verdad de los hechos y decidir, en caso de ser comprobados, las debidas sanciones.

6. Completados los trámites de rigor en la segunda mitad de 2015, el arzobispo de Buenos Aires designó instructor del proceso al Vicario de Justicia del Tribunal Interdiocesano Bonaerense, asistido por un notario.

7. Las actuaciones en el arzobispado de Buenos Aires comenzaron de inmediato, si bien no tomaron estado público. Este proceso se desarrolla en cumplimiento de las Normas Pontificias establecidas en la ley denominada Motu Proprio Sacramentorum Sanctitatis Tutela, y en las Líneas-Guía – Protocolo de Actuación aprobado por la asamblea plenaria de la Conferencia Episcopal Argentina el 20 de abril de 2013.

8. Dichas actuaciones continuarán con la recepción de las declaraciones de los denunciantes y de testigos que han sido formalmente citados a partir del próximo 2 de mayo en Santa Fe.

9. Como queda de manifiesto, la investigación iniciada por el arzobispado de Paraná nunca sufrió paralización, sino que el ritmo de su avance responde a las exigencias legales canónicas, como es habitual que suceda también en el ámbito del ordenamiento jurídico del Estado, para asegurar el debido proceso, las garantías y los derechos de todos.

10. El principio de la “tolerancia cero” y el completo esclarecimiento hasta la justicia efectiva establecido por San Juan Pablo II y reiterado por los papas Benedicto XVI y Francisco para los casos comprobados de abusos sexuales de menores es el que preside toda la investigación desde su inicio.

11. En la medida en que no entorpezca la investigación en curso y sea oportuno, este instrucctor brindará la información que le sea requerida.+

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