Fernández-Miranda, destacó que han analizado la "problemática de la inmatriculación para esclarecerla".
En este sentido, el coordinador de la investigación y profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Complutense de Madrid, José Carlos Cano, explicó que hay que distinguir inmatriculación de propiedad, ya que "son dos conceptos distintos".
Así, señaló que la inmatriculación "ofrece una publicidad registral respecto de esa propiedad subyacente” y que "declara la propiedad pero no la constituye". "Puede haber circunstancias en las cuales una persona que ostenta la propiedad sobre un bien no lo tenga registrado, pero también puede suceder la inversa", precisó.
Para el coordinador del estudio, la inmatriculación de la Mezquita de Córdoba se llevó a cabo "de manera legítima, justa, de acuerdo con la reforma de la Ley Hipotecaria de 1998", sobre la cual "no se interpuso recurso".
En sus palabras, que la propiedad es de la Iglesia Católica "es un hecho incontestable, aunque solo fuera por posesión inmemorial". "El hecho registral lo único que hace es reflejar una realidad de la cual es consciente cualquier persona que viva en Córdoba o cualquiera que de buena fe se acerque a esta cuestión", señaló.
El estudio es una obra colectiva que analiza el régimen jurídico de la Mezquita-Catedral de Córdoba de la mano de siete expertos juristas del ámbito académico. A lo largo de los siete capítulos de los que consta la investigación, se da una respuesta a la polémica generada en torno a la titularidad del templo y por qué "es propiedad de la Iglesia".
La idea fundamental del estudio, según ha subrayado el profesor Fernández-Miranda, es que "bajo ningún concepto" fuera una opinión, ni una cuestión ideológica ni política, sino un estudio "estrictamente jurídico".
Para ello, los investigadores realizaron un análisis histórico jurídico de todo lo que conlleva la cesión de la Iglesia; un análisis de la problemática de la inmatriculación; y un estudio sobre el Derecho Constitucional.
"No es un bien público"
El director del estudio ha afirmado que la Mezquita de Córdoba "no es un bien público" y que su expropiación "implicaría el pago de un justo precio". "Se trata de un bien de interés cultural y limita las capacidades que tiene la Iglesia Católica sobre dicho bien, pero no significa que pierda la titularidad", sentenció.
"En este trabajo hemos tratado de esclarecer la problemática de la titularidad de la Mezquita, que entendemos que es inexistente porque es de la Iglesia Católica, es una titularidad privada", aseguró Fernández-Miranda.
Asimismo, el profesor hizo hincapié en que en el estudio "lo único" que les interesó fue el derecho y destacó que hay argumentos jurídicos "de sobra" para acreditar que se trata de "un bien privado de la Iglesia Católica".
Además de Fernández-Miranda y Cano Montejano, en la investigación participaron los profesores Faustino Martínez, José María Coello, Astrid Muñoz, José Antonio Perea y María José Roca.+
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