En el texto, titulado “Mi padre fue un arameo errante”, los obispos consideran que el acuerdo agravaría aún más “la difícil situación de los migrantes en nuestro país, personas que buscan en el norte las oportunidades que aquí les son negadas”.
Por otro lado, señalan que las iniciativas del gobierno deberían “centrarse en su responsabilidad de proveer con un mínimo de oportunidades de vida digna a la población”.
En segundo lugar, se muestran convencidos de que el país no sería capaz de absorber “a la población migrante que venga de otros países y con los que nos obligaríamos a mantener y a proveer de seguridad, atención en salud, albergues adecuados, y eventualmente fuentes de trabajo”.
Asimismo, trasmiten su inquietud ante la falta de transparencia frente a un asunto tan relevante para el país y su temor ante “una imposición evidente que mostraría cesión de soberanía y damnificaría grandemente al pueblo de Guatemala”.
Por todo ello, los miembros del episcopado de Guatemala solicitan que se renuncie a firmar un acuerdo como este porque menoscaba “el bien y soberanía misma del país” y que el tema de la migración “tanto en nuestros propios migrantes como en los que atraviesan nuestro territorio sea considerado como asunto de primerísima importancia tanto para el sector público como para toda nuestra sociedad”.
Tercer país seguro
La idea de “tercer país seguro” surge a raíz de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados que se firmó en 1951, en Ginebra (Suiza). El concepto implica que, cuando una persona abandona su país para solicitar asilo en otro, este segundo país puede negarse a recibirlo y remitirlo a un tercero que considere que puede darle las mismas atenciones.
Según la Convención de Ginebra, hay unas condiciones mínimas que un país debe cumplir para poder tener esa categoría. La fundamental es que garantice que los solicitantes de asilo no van a ser retornados a su país de origen, esto es, que se respete el principio de “no devolución”.
Además, deben asegurar: el derecho a la vivienda, seguridad social, servicios médicos, empleo y educación; el derecho a la reunificación familiar; y que los solicitantes presentan un vínculo cercano con ese tercer país. +
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