Los obispos de Polonia aprobaron una instrucción sobre Música Sacra

Lublin (Polonia) (AICA): Una nueva instrucción sobre Música Sacra fue aprobada en la asamblea plenaria de la Conferencia Episcopal de Polonia que acaba de celebrarse en la ciudad de Lublin. El documento establece los lineamientos que deben seguirse para la adecuada interpretación de la música litúrgica, basados en los documentos del Magisterio de la Iglesia concernientes a este aspecto de la disciplina de los Sacramentos y el Culto Divino.
Una nueva instrucción sobre Música Sacra fue aprobada en la asamblea plenaria de la Conferencia Episcopal de Polonia que acaba de celebrarse en la ciudad de Lublin. El documento establece los lineamientos que deben seguirse para la adecuada interpretación de la música litúrgica, basados en los documentos del Magisterio de la Iglesia concernientes a este aspecto de la disciplina de los Sacramentos y el Culto Divino.

“El misterio de la Eucaristía es demasiado grande para que alguien se permita tratarlo de acuerdo a su propio criterio”, recuerdan los prelados en sus disposiciones. “Todas las canciones de la Misa deben estar de acuerdo con el acto sagrado, el contenido del día o de la temporada y ser aprobadas por la autoridad diocesana competente”.

La instrucción recomienda el empleo del latín en las canciones y la interpretación de música sacra antes del inicio de la Eucaristía, a fin de crear una atmósfera de oración que contribuya a la preparación espiritual de los fieles. No se deben interpretar obras de naturaleza secular en ningún momento de la Liturgia.

El documento establece directivas para el uso de música para cada tiempo litúrgico, incluyendo disposiciones para el uso de canciones propias del tiempo de Navidad desde el 25 de diciembre hasta la solemnidad del Bautismo del Señor, excluyendo de la Liturgia los villancicos caseros y limitándolos a los conciertos navideños y otros momentos.

Los obispos insisten en la adecuada preparación e interpretación de los cantos litúrgicos y la selección cuidadosa de músicos competentes para dirigir este ministerio, así como el lugar primordial del órgano como el instrumento tradicional y la necesidad de evitar los instrumentos diseñados específicamente para la música secular como la guitarra eléctrica, la batería o el sintetizador. No se puede emplear música grabada para reemplazar o acompañar los cantos.

El Obispo diocesano es el encargado de vigilar el cumplimiento de las directivas, mientras que los párrocos son responsables de cumplir este encargo en nombre del Obispo y cuidar las formas de la Liturgia. Los Obispos cuentan con la Comisión de Música Eclesiástica para apoyar en este propósito.

Por último los prelados expresaron su gratitud a todas las personas involucradas en el servicio y mejoramiento de la música litúrgica, en particular a los párrocos, organistas, catequistas, conductores de ensambles de canto e instrumentos, miembros de corales y compositores.+

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