El Calir pidió a legisladores un apoyo común al proyecto de Ley de Libertad Religiosa
Asimismo, pidió a los legisladores que sustraiga el debate de disputas políticas y den un apoyo común de esta iniciativa que fue consensuada por todas las iglesias y comunidades religiosas.
La República Argentina está legítimamente orgullosa de ser una tierra de convivencia y de fraternidad entre las distintas religiones. Este instrumento es necesario para afianzar esa característica distintiva de nuestra Patria y merece su pronta aprobación, subrayó en un documento.
El Calir y el proyecto de ley de libertad religiosa
La Honorable Cámara de Diputados de la Nación tiene en tratamiento un proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, de protección del derecho a la libertad religiosa. El Consejo Argentino para la Libertad Religiosa (Calir) desea urgir a los señores legisladores para que, sin diferencias partidarias, den pronta aprobación a esta ley de extraordinaria importancia.
El Calir está integrado por personas de muy diferentes pertenencias religiosas. Lo que nos une es el compromiso en la defensa de uno de los derechos humanos fundamentales, si no el primero de todos: la libertad religiosa y de conciencia. Es un derecho garantizado a todas las personas por la Constitución Nacional, por los tratados internacionales de derechos humanos, pero que requiere de ulteriores medidas de protección y promoción. Basta leer las noticias diarias para advertir de qué manera se encuentra amenazado de múltiples formas en todo el mundo.
El proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo cuenta con el consenso de todas las iglesias y comunidades religiosas. Se trata de un hecho infrecuente que muestra que es el fruto maduro de muchos años de búsquedas y debates. Seguramente no es perfecto, y unos y otros querrían cambiar algún matiz. Pero es la ley posible, que permite dar un gran paso adelante en nuestro país.
La gran mayoría de los argentinos se declaran creyentes y practicantes de su fe religiosa, en una u otra forma. Para muchísimas personas, la dimensión religiosa es muy importante en su vida. La libertad religiosa incluye también la libertad de no creer, tal como el proyecto de ley reconoce. Pero el respeto que merecen los no creyentes no puede hacer olvidar a los legisladores que esa gran mayoría de ciudadanos que viven y practican su fe, esperan la protección y reconocimiento legal para ella.
Es una verdadera necesidad de las iglesias y comunidades religiosas contar con un marco legal adecuado para su desenvolvimiento, que reconozca su legítima autonomía y les permita desarrollar una acción benéfica no solamente para sus propios miembros sino para la sociedad en su conjunto. El Código Civil y Comercial vigente ha significado un paso adelante al mencionar a las iglesias, comunidades y confesiones religiosas como un tipo específico de persona jurídica.
Pero es imperioso que ellas cuenten con este marco legal propio, porque hoy son el único tipo de persona jurídica mencionado en el Código que carece de él. En cambio, siguen sometidas a una ley de la dictadura militar fundada en la sospecha cuya derogación se reclama desde hace mucho.
El proyecto de ley enuncia una serie de derechos tanto de las personas (cualquiera sea su credo) y de las comunidades, que concretan y especifican lo que ya disponen las normas de jerarquía constitucional. En ese sentido, da cumplimiento a la obligación asumida internacionalmente por la Argentina de brindar la protección más extensa posible a los derechos humanos, y concretamente a la libertad religiosa y de conciencia.
El proyecto incluye también una regulación del derecho a la objeción de conciencia. Se trata de un derecho humano fundamental, que concreta en la vida cotidiana el derecho a la libertad de conciencia garantizado constitucionalmente. En una sociedad pluralista, donde no cabe la imposición totalitaria de un pensamiento único y se reconoce como valiosa la existencia de diversas opciones ideológicas y éticas, es indispensable tutelar el derecho de toda persona de conducirse de acuerdo con lo que su conciencia religiosa o simplemente moral le exija, en tanto ello sea posible sin daño a terceros que no pueda ser evitado de otra manera. Es un derecho que ha reconocido ampliamente la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, que es contemplado en la legislación de muchos países democráticos del mundo, y que funciona como garantía última para los ciudadanos.
Del mismo modo que las iglesias y comunidades religiosas han sido capaces de encontrar en este proyecto de ley un punto de convergencia más allá de sus legítimas y naturales diferencias, esperamos que los señores legisladores sean capaces de sustraer un tema tan relevante y delicado como éste de las disputas políticas, y de dar un apoyo común a esta iniciativa. La República Argentina está legítimamente orgullosa de ser una tierra de convivencia y de fraternidad entre las distintas religiones. Este instrumento es necesario para afianzar esa característica distintiva de nuestra Patria y merece su pronta aprobación.+
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